Acuerdo entre Trabajo, Patronal y Sindicatos para que los 'riders' sean, por defecto, asalariados
22 de febrero de 2021
Acuerdo entre Trabajo, Patronal y Sindicatos para que los 'riders' sean, por defecto, asalariados
Con éste último acuerdo se invierte la carga de prueba en el texto y deberán ser las empresas las que argumenten que un repartidor reúne las condiciones para ser considerado autónomo.
El Ministerio de Trabajo, los sindicatos y la patronal en la última reunión del diálogo social para consensuar una nueva ley del trabajo en las plataformas digitales, han llegado a un acuerdo, tras casi cuatro meses de conversaciones, siendo el principal acuerdo alcanzado, que los repartidores de la plataformas digitales serán considerados, por defecto, trabajadores asalariados y deberán ser las empresas las obligadas a demostrar, de manera argumentada y en cada caso, que estos pueden operar legalmente como autónomos.
Sin embargo, La Asociación Profesional de Riders Autónomos (APRA) ha calificado de "inadmisible" el acuerdo entre el Gobierno, los sindicatos y lapatronal, que permitirá laboralizar a los 'riders' de plataformas digitales, según ha señalado en un comunicado. Según esta asociación hasta "un 70% de los riders quieren ser siendo autónomos"
En APRA aseguran que el modelo que quiere imponer la Mesa del Diálogo Social solo llevará a que los repartidores pierdan su trabajo, o les muevan a flotas en las que ya no puedan decidir nada, Además, precisan que aquellos que colaboran esporádicamente también se quedarán "sin oportunidades por culpa de un modelo rígido en el que quién decide no eres tú, sino el otro".
Que la patronal haya dado su apoyo a este acuerdo es un paso adelante en la legislación laboral a la que tendrá que acogerse este colectivo cuando se redacte la norma definitiva. El reconocimiento se realiza en el sentido que dictó la sentencia del Tribunal Supremo, el pasado mes de septiembre, al aclarar que la relación existente entre la empresa Glovo y sus 'rider' tiene naturaleza laboral, y que Glovo no es una “mera intermediaria” en la contratación de servicios entre comercios y repartidores.
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