Después de
más de un año de negociaciones, el Ministerio de Trabajo y los sindicatos han
llegado a un acuerdo sobre el Estatuto del Becario.
El nuevo texto incluirá varias novedades, como una definición clara de
las prácticas, la compensación de gastos y la implementación de
un régimen sancionador.
A continuación, estos son los puntos clave que conformarán el marco
mínimo de derechos para las personas que realizan prácticas no laborables,
según lo adelantado hasta el momento:
Definición de prácticas no laborables:
cualquier actividad laboral relacionada con la formación que no cumpla con el
nuevo concepto establecido deberá ajustarse a los nuevos contratos de formación
introducidos por la reforma laboral 2021-2022.
Obligatoriedad de contar con un convenio con la
universidad o centro de formación profesional: las
tareas asignadas al becario deberán estar en línea con el plan de formación
establecido.
Restricciones en el horario de las prácticas:los
becarios no podrán realizar prácticas durante la noche ni en turnos, salvo en
casos excepcionales donde la naturaleza de la actividad lo requiera.
Límite de becarios según el tamaño de la empresa:el
número máximo de becarios se limita al 20% de la plantilla total de la empresa.
Sin embargo, todas las empresas, independientemente de su tamaño y plantilla,
podrán tener hasta dos becarios.
Compensación mínima de gastos: la
empresa deberá cubrir los gastos de dietas, y en algunos casos, también los de
desplazamiento, alojamiento o manutención. No obstante, la empresa no estará
obligada a cubrir estos gastos si la remuneración recibida es suficiente o si
existen otras becas o ayudas que los cubran.
Igualdad de condiciones en el acceso a servicios:el
becario tendrá derecho a disfrutar de todos los servicios que tienen los
empleados de la empresa, como restauración, áreas de descanso, estacionamiento,
etc.
Cumplimiento de los límites y descansos de la
jornada laboral, incluyendo días festivos y vacaciones.
Tutorización de las prácticas: se
garantiza el derecho a una tutorización adecuada de las prácticas, donde las
empresas deberán designar tutores responsables de coordinar y hacer seguimiento
del itinerario formativo del estudiante. Cada tutor podrá tener un máximo de
cinco personas en formación práctica a su cargo (tres en el caso de empresas
con menos de 30 empleados).
Aplicación de la ley de prevención de riesgos
laborales.
Nuevo régimen sancionador: con
el objetivo de desalentar el fraude, las multas podrían alcanzar hasta 225.000
euros en los casos más graves.
Es importante tener en cuenta que, en cuanto a la cotización, a
partir del 1 de octubre de 2023, se aplicarán las nuevas normas contenidas en
la Disposición Adicional 52º de la Ley General de la Seguridad Social.
Hasta que se publique la nueva normativa y se conozcan su fecha y
condiciones de entrada en vigor, esta modalidad de prácticas está regulada por
el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, de prácticas no laborales en
empresas y por el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se
desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el
Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
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