La brecha fiscal entre residentes y no residentes plantea dudas legales.
El nuevo gravamen que afectará a las grandes rentas del capital y el
ahorro en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) genera
dudas de calado entre los abogados fiscalistas por las fuertes divergencias
que habrá entre residentes y no residentes a la hora de tributar por una
ganancia patrimonial. Por ello, algunos expertos como Alejandro del Campo,
el letrado que tumbó las multas fiscales por bienes en el extranjero del
polémico modelo 720 de Cristóbal Montoro, estudian llevar a Bruselas el nuevo
gravamen.
El Gobierno de coalición presentó la semana pasada el paquete de
medidas fiscales que incluye, entre otros, un impuesto temporal sobre los
grandes patrimonios, un alivio impositivo hacia los contribuyentes de menores
ingresos, un revés para los grandes grupos consolidados en el impuesto de
sociedades y el citado mayor recargo en el IRPF hacia las grandes rentas del
ahorro. Varias de estas medidas se incluyen en el proyecto de Presupuestos Generales
del Estado (PGE) que el Ejecutivo presentará hoy en el Congreso de los
Diputados.
El nuevo diseño del gravamen sobre el ahorro, en concreto, prevé elevar los tipos impositivos en el IRPF para las ganancias patrimoniales más elevadas, una medida que afectará a unos 18.000 contribuyentes y que prevé recaudar cerca de 200 millones de euros adicionales en 2024.
Entre los 200.000 y los 300.000 euros de ganancia, el tipo aplicado pasará del 26% actual al 27%. Los rendimientos que superen los 300.000 euros, por su parte, tributarán al 28%, dos puntos porcentuales más que hoy. Sin embargo, y es ahí donde Del Campo ve una “clara vulneración del principio de igualdad”, quienes estén empadronados en otros países y paguen el impuesto sobre la renta de no residentes tendrán que tributar a un tipo único del 19% sea cual sea la ganancia patrimonial. El Ministerio de Hacienda confirma, de hecho, que la tasa que afecta a los no residentes no se modificará por el momento.
Del Campo ilustra la brecha entre residentes y no residentes con el
ejemplo de la venta en España de un inmueble. En el caso de una ganancia
patrimonial de medio millón de euros, quienes tengan el domicilio habitual en
otro país tendrán que tributar al 19%, pagando a Hacienda un total de 95.000
euros. En cambio, los residentes con un beneficio similar tendrán que abonar
casi 128.000 euros, un 34,6% más.
La diferencia es más abultada según asciende la ganancia
patrimonial. La transacción de un inmueble de lujo que suponga un
rendimiento de un millón de euros supondrá para el residente el pago de 267.000
euros, un 40% más que si viviese de forma habitual en otro país. Una plusvalía
de 2 millones de euros, por su parte, implicará para el no residente el pago de
380.000 euros. Para el residente, la liquidación será de casi 550.000 euros, un
44% más.
Este tratamiento fiscal “tan dispar” es el que puede
dar pie a una impugnación, explica Del Campo. Por un lado, esgrime, parece
claro que se vulnera el principio de igualdad recogido en el artículo 31 de la
Constitución. “Pero parece que esa diferencia de trato tan brutal, que carece
de lógica y justificación, también podría vulnerar el derecho de la Unión
Europea”, añade. En concreto, el artículo 21 sobre la libre circulación de
personas, ya que esta brecha supone “una clara invitación a mantenerse como no
residente”.
La diferencia entre residentes y no residentes a la hora de tributar
por estos rendimientos ya era notable antes del último cambio de Hacienda. Sin
embargo, con estas modificaciones, “vemos cómo las divergencias se van
acrecentando”.
Según afirma el letrado, todavía hay muchos extranjeros que, “pese al impuesto sobre el patrimonio”, se plantean hacerse residentes en España. Sin embargo, si por vender una vivienda van a tener que pagar 100.000 o 150.000 euros más “es probable que decidan seguir manteniendo su residencia en otro país”.
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