El Consejo de Ministros ha aprobado la implementación de tres nuevos permisos relacionados con el cuidado de hijos y familiares enfermos, así como la conciliación laboral. Estas medidas forman parte de un conjunto de acciones adoptadas para hacer frente a las repercusiones económicas y sociales derivadas de la guerra de Ucrania.
Dentro de las medidas aprobadas, se incluye un nuevo permiso parental de hasta 8 semanas para el cuidado de niños mayores de un año. Además, se amplía el derecho a la adaptación de la jornada laboral para aquellos que cuiden de familiares dependientes. También se establece un permiso remunerado para ausentarse del trabajo en casos de necesidad familiar urgente e imprevista. Otro aspecto relevante es la ampliación del derecho a la reducción de jornada laboral para el cuidado de hijos o menores con discapacidad superior al 65%. Por último, se extiende el permiso por matrimonio a las parejas de hecho.
Con estas medidas, se quiere garantizar que los trabajadores no sufran
perjuicios por ejercer estos nuevos derechos de conciliación.
Además, cabe destacar también la prórroga de la prohibición de
despidos basada en el aumento de los costes energéticos como causa objetiva
hasta el 31 de diciembre de 2023. Y se amplían las medidas de apoyo a la reconstrucción
económica y social en La Palma relacionadas con los Expedientes de
Regulación Temporal de Empleo (ERTE) vinculados a la situación de fuerza mayor
temporal.
El trato desfavorable hacia hombres o mujeres que ejerzan sus derechos
de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral será
considerado discriminación por razón de sexo. También se establecen
disposiciones específicas para familias monoparentales en casos de discapacidad
del hijo o en nacimientos múltiples.
Aunque
todavía no se conocen los detalles específicos sobre cada permiso, se mencionan
algunos aspectos generales:
a)
Permiso parental para el cuidado de hijo (o menor
acogido por tiempo superior a un año):
b)
Se amplía el derecho a la adaptación de la jornada
de las personas con dependientes a cargo:
c)
Por accidente o enfermedad graves, hospitalización
o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario:
d)
Derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza
mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en
caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata:
e)
Permiso por matrimonio a las parejas de hecho:
FUENTE ADADE CENTRAL
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