La presentación del IVA es obligatoria para todo aquel que ejerza alguna actividad sujeta a este impuesto, el libro de registro del IVA es el documento oficial que exige la AEAT a todo autónomo o Sociedad con esta obligación.
la Agencia Tributaria ha establecido un nuevo documento en su formato electrónico para presentar los libros de registro de facturas expedidas y de facturas recibidas del IVA. Con el objetivo de generar más agilidad en la tramitación de las devoluciones, así como una mayor seguridad para los obligados, sus asesores y empresas de desarrollo.
Uno de los cambios más significativos es la reordenación de algunas columnas para facilitar la revisión visual, tipo, código del país, NIF del destinatario o el campo ‘clave operación’. También, se modifica el formato de campo de fecha y se añaden los campos ‘Tipo de Recargo Eq’ y ‘Cuota Recargo Eq’.
“Además se incluye la columna “Factura Sustitutiva”, evitando de esta manera que los obligados que hayan emitido facturas simplificadas tengan que realizar una anotación negativa para anularlas.
Aunque no todos los contribuyentes tienen la obligación de presentar sus Libros Registros del IVA a través de la Sede Electrónica de la Agencia tributaria, pero en ocasiones en los procesos de comprobación del IVA se les puede reclamar.