El Supremo endurece su posición contra el blanqueo y destaca la importancia de perseguir este delito
7 de noviembre de 2019
El Supremo endurece su posición contra el blanqueo y destaca la importancia de perseguir este delito
"Menoscaba el sistema económico y el funcionamiento del mercado", apunta. "Hay que evitar que se convierta en una actividad rentable", señala la sentencia.
El Tribunal Supremo destaca la importancia de perseguir el delito de blanqueo de capitales para evitar que se convierta en una actividad rentable. En una sentencia, el Supremo advierte de que este delito, ejecutado a gran escala, puede menoscabar el sistema económico y afectar al buen funcionamiento del mercado, así como de los mecanismos financieros y bursátiles.
Julián Sánchez Melgar, ponente de la sentencia, destaca la importancia de perseguir el delito de blanqueo de capitales para cerrar todos los circuitos del dinero, con objeto de evitar el aprovechamiento del delito. Es el medio, según la Sala, por el cual puede atajarse la actividad criminal a través del seguimiento de los fondos que se recaudan ilícitamente a través de la acción criminal. La Ley Pretende, con la criminalización de estas conductas, "que nunca el delito sea una actividad rentable".
"El dinero es el flujo vital de los delincuentes y el medio por el que pueden ser aprehendidos", indica el fallo
El fallo considera que el delito de blanqueo es importante "porque el dinero es el flujo vital de los delincuentes y el medio por el que pueden ser aprehendidos, y en segundo lugar, porque mancilla nuestras instituciones financieras y corroe la confianza pública".
El punto débil del delincuente
Los magistrados argumentan que criminalizar el blanqueo es muy útil porque permite la captura del delincuente, precisamente en función de sus flujos económicos, aspecto éste de gran trascendencia, y en donde está "el punto débil" de las redes delictivas. Y es también muy importante, añade la Sala, porque es muy útil para luchar contra las organizaciones criminales.
La Sala afirma que el bien jurídico que da autonomía al delito es el orden socioeconómico, y dentro de este, los intereses concretos susceptibles de ser tutelados materialmente por el sistema punitivo. Entre otros, el tribunal destaca "el interés del Estado en controlar el flujo de capitales procedentes de actividades delictivas ejecutadas a gran escala y que pueden menoscabar el sistema económico, afectando también al buen funcionamiento del mercado y de los mecanismos financieros y bursátiles".
El blanqueo no requiere la descripción detallada de la previa actividad delictiva, según el Supremo
La sentencia explica que el blanqueo se vertebra en tres fases sucesivas y enlazadas. La colocación de los capitales en el mercado, la distracción para disimular su origen delictivo y por último la reintegración del dinero, ya blanqueado, que vuelve a su titular.
El tribunal incluye en su sentencia toda la doctrina que ha venido perfilando el Supremo en los últimos años sobre este delito, que no requiere la descripción detallada de la previa actividad delictiva, aunque esa actividad criminal debe concretarse mínimamente. Recuerda también la dificultad de la instrucción judicial para desentrañar los mecanismos de ocultación ideados por quien comete el blanqueo, para dar apariencia de normalidad negocial y actuar así como cobertura para camuflar las ganancias derivadas de actuaciones delictivas.
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