¿Falsos autónomos? La Justicia dictamina por quinta vez que entre Glovo y sus repartidores no hay relación laboral
15 de junio de 2019
¿Falsos autónomos? La Justicia dictamina por quinta vez que entre Glovo y sus repartidores no hay relación laboral
Un juez de Barcelona ha dado la razón a Glovo, que ya cuenta con cinco sentencias favorables, dos de ellas ratificando el tipo de contratación que la compañía tiene con sus trabajadores, quienes son autónomos.
La sentencia del juzgado de primera instancia refleja, a través de hechos probados y teniendo en cuenta el resultado de la Inspección de Trabajo que en 2016 ya validó el modelo de negocio de Glovo, que “en concordancia con lo considerado por la Inspección de Trabajo, debe considerarse que su relación no es de carácter laboral”, según el comunicado oficial de la compañía.
La sentencia detalla que: «los repartidores hacen el itinerario que quieren, utilizando el medio de transporte que quieran, cuyos gastos van a su cuenta, que no tienen asignada una zona determinada, que ellos eligen los días y franjas horarias en las que prestaran sus servicios, que si quieren pueden rechazar un pedido, que si están unos días de vacaciones no lo comunican a la empresa, y que cobran por pedido realizado, aunque sea con las tarifas previamente establecidas por la empresa y que no llevan ropa con la marca de la empresa; sin que estén por tanto sometidos a un horario, a una determinada jornada, a un determinado régimen de permisos y vacaciones o a un régimen disciplinario”.
La conclusión señala que: “de todo ello se desprende que ostentan una capacidad de organización propia que excede el ámbito de una relación de carácter laboral”.
Sin embargo una semana después del fallecimiento de un «rider» de Glovo mientras pedaleaba con su pedido, un ciclista que no estaba dado de alta en la plataforma que se exige para ello, cuando realizaba un trabajo cedido o subalquilado.
La polémica desatada sobre el modelo laboral de los repartidores de comida a domicilio continúa, según muchas voces desde distintos sectores señalan que las nuevas tecnologías favorecen, de facto, la pérdida de derechos. Ahora la contratación abusiva no se hace en las plazas como el década de los 60-70, antes de las leyes como el ET en el 80’, hoy se hace de forma más invisible. Se gestionan a través de una aplicación, que emplea a miles de personas, se les llame riders, trades o como se quiera, en realidad son trabajadores pero sin derechos.., apuntan estas fuentes de opinión.