En los últimos años, el uso de Bizum como método de pago en los comercios ha crecido considerablemente. No obstante, es importante que los autónomos conozcan los límites de transacciones permitidas por la Agencia Tributaria.
En el año 2016 surgió la aplicación de pago Bizum, que permite a los
usuarios enviar y recibir dinero de manera instantánea lo que ha
simplificado no sólo las transferencias sino también los pagos. Desde
entonces y poco a poco se ha consolidado como una de las aplicaciones
más utilizadas en muchos comercios y en negocios de diversa índole. Sin
embargo, es importante tener en cuenta que, al ser realmente una transferencia
bancaria, las transacciones realizadas a través de Bizum están sujetas
a regulaciones fiscales.
Bizum está creciendo porque es sistema de pago que representa una
alternativa ágil y fácil para que los autónomos reciban pagos de sus clientes
de manera segura y que incluso ellos realicen pagos a terceros, como
alternativa puntual a los métodos convencionales como las
terminales de puntos de venta (TPV), comúnmente conocidos como datáfonos, o los
pagos en efectivo.
A pesar de las ventajas que ofrece la aplicación para los trabajadores
autónomos que la han adoptado recientemente, esta opción sigue siendo novedosa,
lo que conlleva la aparición de dudas frecuentes. Por lo tanto, es
esencial ser cauteloso al utilizar la aplicación al momento de presentar la
Declaración de la Renta.
Los
autónomos deben declarar a Hacienda sus ingresos recibidos por Bizum
Un mito que
ha surgido tras la llegada de Bizum es la idea errónea de que solo es necesario
declarar ingresos que superen una cantidad concreta. Lo
primero que hay que tener en cuenta es que Bizum es un método de
transferir dinero como otro cualquiera, por ello los autónomos deben
declarar los ingresos o pagos que realicen a través de el,
independientemente de su cantidad. Por ejemplo, “si es un pago por un
servicio, se considera un rendimiento de la actividad económica. Por otro lado,
si es un pago de alquiler, se cataloga como un rendimiento relacionado con el
capital inmobiliario. Pero siempre se debe declarar” afirman desde
la Agencia Tributaria.
Por lo tanto, todas las transacciones a través de Bizum se interpretan
como transferencias bancarias y pueden estar sujetas a una posible
revisión por parte de la Agencia Tributaria.
La Agencia Tributaria posee la autoridad para requerir a las entidades
financieras cualquier documentación relevante en relación con las cuentas del
autónomo, lo que es crucial para el control tributario. Esto incluye información
detallada sobre transferencias específicas emitidas o recibidas por un cliente,
permitiendo conocer el origen y destino de esos fondos.
Además, anualmente, Hacienda recibe información de las
entidades financieras sobre los pagos realizados por sus clientes con tarjeta,
así como sobre las transferencias.
Multas a los
autónomos si no declaran el dinero enviado o recibido a través de Bizum
Conforme a la Ley General Tributaria, conocida como Ley 58/2003, las
entidades bancarias tienen la obligación de proporcionar a la Administración
tributaria todos los datos, informes, registros y documentos de relevancia
tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones
fiscales o derivados de sus transacciones económicas, profesionales o financieras
con terceros.
Según lo estipulado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el
límite para informar a Hacienda sobre una transferencia es de 10.000 euros. En
situaciones en las que una transferencia exceda esta cantidad, es necesario
efectuar la declaración antes de llevar a cabo el pago utilizando el formulario
de pago S-1. Aquellos que no cumplan con este requisito pueden enfrentar
sanciones que oscilan entre 600 euros y el 50% del importe transferido.
Por ejemplo, una transferencia de 10.000 euros podría resultar en una multa de
5.000 euros.
Y por otra parte, en casos en los que no se pueda justificar el origen
del dinero, las multas pueden llegar a alcanzar los 60.000 euros y
en casos particularmente graves, hasta los 150.000 euros.
Así, la Agencia Tributaria, el Banco de España, y las instituciones bancarias, entre otros, se encargan de vigilar todas las transferencias de dinero, ya sea a través de transacciones bancarias o mediantesistemas de pago digitales como Bizum.
FUENTE: Autónomos y Emprendedores
Esta web usa cookies propias y analíticas. Al seguir navegando, usted acepta el uso que hacemos de estas. Puede cambiar la configuración de las cookies en cualquier momento.