Hacienda retirará el NIF por incumplimiento de obligaciones fiscales y contables
15 de septiembre de 2023
Hacienda retirará el NIF por incumplimiento de obligaciones fiscales y contables
El Real
Decreto 249/2023, que empezó a aplicarse el 25 de abril, actualiza las
circunstancias bajo las cuales el Ministerio de Hacienda en España puede
cancelar el Número de Identificación Fiscal (NIF) a autónomos y negocios.
Esta
normativa no se limita a auditorías censales y se extiende a otras actividades,
como verificaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o del Impuesto
sobre Sociedades. Desde que se puso en marcha la Ley 11/2021 contra el
fraude fiscal, la Agencia Tributaria ha suprimido el NIF a cerca de un
millón de empresas.
Proceso para
anular un NIF
Periodo de consulta con el contribuyente de 10 días
Publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Notificación al obligado tributario.
Causas que
pueden llevar a Hacienda a anular un NIF
Entre las causas que pueden desencadenar la cancelación del NIF se
encuentran:
La falta de suministro de documentos para obtener un NIF definitivo
Tres intentos fallidos de notificar al contribuyente en su dirección
fiscal a lo largo de un año
No presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades (Modelo
200) durante tres ejercicios fiscales seguidos.
Las deudas fiscales de una empresa con Hacienda son oficialmente
consideradas como incobrables.
Informar falsamente a las autoridades fiscales sobre la existencia de
operaciones económicas que en realidad no se están llevando a cabo.
El descubrimiento de que se ha utilizado el mismo capital para fundar
múltiples empresas, llegando a la conclusión de que no se ha realizado la
inversión mínima requerida por la legislación vigente.
La detección de que las actividades comerciales, la administración o la
dirección de la empresa se están alegando en una dirección ficticia o engañosa
sin justificación para hacerlo en otra dirección.
Las cuentas anuales no han sido registradas en el Registro Mercantil
durante cuatro años fiscales consecutivos.
Para confirmar la anulación del NIF, se puede consultar la página
web oficial de la Agencia Tributaria, donde se ofrece un servicio
específico destinado a entidades jurídicas. Este servicio se encuentra dentro
del menú de trámites de los Modelos 036 y 037, ‘Censo de empresarios,
profesionales y retenedores – Declaración censal de alta, modificación y baja y
declaración censal simplificada’.
Consecuencias
de anulación del NIF
Si se anula el NIF, esto restringirá gravemente la operatividad de la
empresa o del autónomo, impidiendo la emisión de facturas, la contratación
de servicios y complicando el acceso a financiación. Además, se
pondrá fin a la hoja registral en el Registro Mercantil y se revocarán
sus certificados digitales.
Con la implementación de la nueva ley contra el fraude, ahora es
imposible para las empresas con el NIF cancelado hacer inscripciones en
registros públicos o llevar a cabo actos notariales. Esto tiene el efecto
de evitar que las entidades en incumplimiento de sus obligaciones fiscales se
disuelvan sin pasar por un proceso de liquidación formal.
Existe un mecanismo de rehabilitación del NIF, que se aplicará
si se demuestra que las causas de la revocación ya no son aplicables. En
situaciones específicas, como cuando no se han depositado las cuentas
anuales en el Registro Mercantil durante cuatro años consecutivos,
la rehabilitación solo se efectuará si se muestra evidencia de corrección del
incumplimiento. Si transcurridos tres meses no se obtiene respuesta a la
petición de rehabilitación, se asumirá que ha sido denegada.
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