La AEPD habilita un canal de denuncia exprés para contenido sensible en Internet
1 de octubre de 2019
La AEPD habilita un canal de denuncia exprés para contenido sensible en Internet
La Agencia Española de Protección de datos (AEPD) podrá exigir la retirada urgente de contenidos sensibles en Internet, gracias a un mecanismo prioritario y sancionar a particulares y empresas. Los abogados tendrán a partir de ahora la obligación de informar, a sus clientes afectados, de la existencia de un canal de denuncia exprés específico para retirar la difusión de contenido sexual o violento cuando pueda existir una vulneración de su derecho a la protección de datos.
Especialmente cuando se trate de menores de edad o víctimas de violencia de género. “No hay impunidad, las instituciones actuaremos”, señaló Mar España, directora de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en el acto de firma del protocolo con varios ministerios y organismos. Google, Facebook y Twitter ya se han adherido a este protocolo para agilizar la retirada de contenidos.
Consecuencias para las empresas
Habrá consecuencias legales no solo para quien cometa estos delitos, también quienes sabiéndolo no lo comunique. Es decir, también para las empresas que no tengan medidas adecuadas de prevención. Según el Reglamento europeo de Protección de Datos, quien difunda ilegítimamente imágenes y videos sensibles de una persona física sin consentimiento podrá asumir una sanción, pudiendo alcanzar los 20 millones de euros, en los casos más graves, y en el caso de una empresa, una cuantía equivalente al 4% del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior.
En el ámbito laboral
El empresario, que se viera envuelto en casos de acoso sexual, podrá recibir una sanción de hasta los 187.515 euros. Se considera una infracción grave, cualquier acción u omisión del empresario que cause un daño a los trabajadores, por falta de evaluación adecuada del riesgo laboral, incluidos los riesgos psicosociales, o por no haber adaptado las medidas necesarias de prevención , conllevando una multa de hasta 6.250 euros
Para los trabajadores que cometan estas conductas incurrirán en responsabilidad disciplinaria que si llega a ser una falta grave, podrá acarrear el despido. Además el responsable tendrá que responder ante los daños y perjuicios causados a los afectados, tanto de carácter patrimonial como de carácter moral.
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