La obligación para pymes y autónomos de facturar de forma electrónica se retrasará a 2025
3 de noviembre de 2023
La obligación para pymes y autónomos de facturar de forma electrónica se retrasará a 2025
También se
aplaza la exigencia de remitir de inmediato la información al fisco. Los
expertos recomiendan implantar ya la factura digital.
La nueva obligación para pymes y autónomos de emitir facturas de
forma electrónica retrasará su entrada en vigor a mediados de 2025.
Esta obligación emana de la Ley Crea y Crece que se aprobó en
septiembre de 2022.
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital sacó a
audiencia pública en junio el Proyecto de Real Decreto para desarrollar el
reglamento de la facturación electrónica. Sin embargo, y en parte motivado por
el adelanto electoral, la tramitación del texto se está retrasando y
aún no ha llegado al Consejo de Estado, según fuentes conocedoras del
proceso. Esta parálisis pospondrá la obligación para que lo apliquen las
compañías, ya que el texto señala que una vez se aprobara el reglamento de la
facturación electrónica, las empresas y profesionales que facturen más de 8
millones al año tendrán que digitalizar sus facturas en el plazo de un año y
aquellos que facturen menos, en dos años.
El Ejecutivo resolvió con este proyecto de Real Decreto una de las
principales preocupaciones de empresas y pymes: tener que pagar un programa
informático para elaborar las facturas. Para evitar gastos, la Agencia
Tributaria desarrollará una plataforma para que empresas y
profesionales emitan sus facturas a coste cero. Sin embargo, ya hay soluciones
privadas a precios competitivos, unos nueve euros al mes.
La nueva obligación de facturación digital no viene sola. La Ley
11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude
fiscal, más conocida como la Ley Antifraude obliga a las empresas que
facturen menos de 6 millones de euros (las que superan este umbral ya están
obligadas desde 2017) a suministrar de forma inmediata su facturación a la
Agencia Tributaria, por lo que la factura que se emita quedará grabada de
forma inalterable y si hay algún problema el emisor tendrá que hacer una
rectificación de la misma. Esta última norma tiene como objetivo evitar la
evasión fiscal. No obstante, aunque la obligación de emitir las facturas de
forma electrónica es para los propios profesionales, esta segunda podrán llevarla
a cabo los despachos de asesoría a través de programas informáticos, que tal y
como exige la ley, permitan la trazabilidad e inalterabilidad de los registros,
de lo contrario sus desarrolladores serán sancionados. Esta obligación, de la
que tampoco hay un reglamento aprobado por el retraso de Hacienda que ha tenido
que afrontar este año los nuevos impuestos a banca, energéticas o grandes
fortunas, también se prevé que entre en marcha a mediados de 2025.
A la larga, el objetivo final de la Administración es juntar
estas dos exigencias en una única normativa con el fin de controlar
todo el proceso de facturación en tiempo real.
Èlia Urgell, product manager del Área Fiscal, Contable
y Facturación de Wolters Kluwer Tax & Accounting España, recomienda a las empresas
tener ya un software de facturación que aúne las dos
soluciones y dé garantías legales, puesto que se debe cumplir la normativa
desde el inicio de la factura y es información que va directamente a la Agencia
Tributaria. A su juicio, las empresas deben anticiparse e iniciar ya la
facturación electrónica para aprender su funcionamiento para cuando
llegue la puesta en marcha. Asimismo, Urgell también llama a que los despachos
–consciente de que tienen el doble trabajo de adaptarse ellos y al cliente–,
comiencen ya a convencer a los clientes a utilizar estos softwares de
facturación. "Se pueden utilizar las ayudas del Kit digital para
cubrir el coste de los programas y además se da formación",
concluye al respecto.
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