La Seguridad Social explica cómo tramitar la baja médica de las empleadas del hogar
24 de octubre de 2022
La Seguridad Social explica cómo tramitar la baja médica de las empleadas del hogar
Deberá
seguir estos pasos para solicitar la prestación de incapacidad temporal al
Instituto Nacional de la Seguridad Social o a la mutua colaboradora.
A principios de septiembre, las empleadas del hogar ganaron un derecho
del que había sido privadas durante décadas: el acceso al subsidio por
desempleo. Otras de las coberturas a la que tienen acceso, siempre
que su empleador las haya dado de alta, es la prestación de
incapacidad temporal, más conocida como baja médica. Cuando una
empleada no pueda desempeñar sus labores por enfermedad común o profesional,
esto es lo que debe hacer para solicitar la baja.
Pasos
previos a solicitar la prestación
La
trabajadora deberá solicitar la prestación de incapacidad temporal al Instituto
Nacional de la Seguridad Social (INSS) o a la mutua colaboradora que
hubiera elegido el empleador al tramitar el alta laboral ante la Seguridad
Social.
Antes de solicitar la prestación, la empleada debe “disponer del
correspondiente parte de baja emitido por los servicios de salud o, en
el caso de tener las contingencias profesionales cubiertas por una mutua, el
parte de dicha entidad si se trata de una enfermedad profesional o accidente
laboral”, explica la Seguridad Social. El empleador también tiene un papel
activo en la tramitación de la baja. Este deberá entregar un certificado de
empresa donde consten las bases de cotización de la empleada para la
tramitación de la prestación.
A la hora de tramitar la baja, debe saber que la solitud de la
prestación por incapacidad temporal se puede realizar de manera telemática,
tanto si se dispone de certificado digital como si no. Estos son los pasos
a seguir en cada caso.
Con
certificado digital o Cl@ve
Las empleadas y empleados del hogar que tengan certificado digital o
Cl@ve podrán gestionar su baja médica en el apartado “Gestión de la
prestación de la incapacidad temporal” dentro de la sede electrónica de la
Seguridad Social. Este servicio permite realizar las gestiones
necesarias en relación a la prestación de incapacidad temporal como pueden ser
la solicitud de la incapacidad, solicitud de recaídas, presentar declaraciones
de situación e hijos a cargo, disconformidad con altas, comunicar datos a
efectos del IRPF, etc.
Recuerde que puede realizar el trámite como interesado, es decir en
nombre propio, pero también a través de representante o apoderado inscrito que
disponga de estos métodos de identificación.
Para solicitar la baja por enfermedad se debe seguir tres pasos: cumplimentar
y anexar el modelo de solicitud; anexar copia de la documentación pertinente
que se detalla en las instrucciones del modelo de solicitud; y disponer de un
software que permita cumplimentar y guardar la solicitud para posteriormente
anexarla.
Una vez realizado el trámite, el solicitante recibirá un “acuse
de recibo” en formato PDF. “Si no recibe el mensaje de confirmación o, en
su caso, recibe un mensaje de error o deficiencia de la transmisión, deberá
realizar la presentación en otro momento o utilizar otros medios”, advierte la
Seguridad Social. El INSS comunicará la resolución el servicio de
Notificaciones Telemáticas y se enviará por correo postal a aquellos
ciudadanos que tengan activado este canal de comunicación.
Sin
certificado digital
La plataforma del INSS también se puede usar sin certificado
electrónico con identificación segura mediante selfie. Por esta vía el trámite
es similar. Deberá descargar y rellenar el formulario de solicitud y enviarlo
junto a la documentación pertinente.
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