Liberalidades en el Impuesto sobre Sociedades: ¿Qué son y cuáles son sus implicaciones fiscales?
14 de octubre de 2024
Liberalidades en el Impuesto sobre Sociedades: ¿Qué son y cuáles son sus implicaciones fiscales?
En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, es esencial comprender qué gastos son deducibles para evitar errores que puedan incrementar la carga fiscal. Uno de los conceptos que más confusión genera es el de liberalidades, gastos que, en términos fiscales, no están directamente relacionados con la actividad económica de la empresa y, por lo tanto, no son deducibles.
¿Qué son las liberalidades?
Las liberalidades son gastos que una empresa realiza sin recibir una contraprestación económica clara y que no están directamente relacionados con la obtención de ingresos. Según el artículo 15 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (LIS), estos gastos no se consideran deducibles en el cálculo de la base imponible del impuesto, lo que significa que no pueden utilizarse para reducir los beneficios imponibles de la empresa.
Ejemplos de liberalidades
Entre los ejemplos más comunes de liberalidades se incluyen:
Regalos a clientes o empleados que no están vinculados a la actividad económica de la empresa o que superan lo considerado razonable.
Donaciones y aportaciones a entidades sin ánimo de lucro, a menos que estén expresamente previstas como deducibles por la ley.
Gastos de representación excesivos, como eventos o cenas suntuosas que no puedan justificarse como necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial.
Gastos personales de socios o administradores que no estén relacionados con la actividad de la empresa.
¿Qué gastos no se consideran liberalidades?
Aunque las liberalidades no son deducibles, la ley establece excepciones. Algunos gastos, aunque parezcan liberalidades, pueden ser deducibles si cumplen ciertos requisitos:
Atenciones a clientes o proveedores: Se permite la deducción de gastos que mantengan o mejoren relaciones comerciales, siempre que estén justificados. Un ejemplo sería un almuerzo de negocios o un obsequio promocional moderado.
Gastos de promoción: Inversiones en marketing, eventos de presentación de productos o campañas que incluyan reglaos pueden deducirse si contribuyen al incremento de ingresos.
Atención a trabajadores: Gastos como cestas de Navidad o bonificaciones que se ajusten a los usos y costumbres de la empresa también son deducibles.
Gastos de representación razonables: Gastos relacionados directamente con la actividad empresarial, como reuniones con clientes, pueden deducirse si se consideran razonables.
En definitiva, las liberalidades representan aquellos gastos no necesarios y no relacionados con la actividad económica de la empresa, y, por tanto, no son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, la ley permite deducir ciertos gastos justificados que, aunque puedan parecer liberales, están vinculados a la actividad comercial o empresarial.
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