Los criterios de sostenibilidad ESG (environmental, social and governance, según las siglas inglesas) están impactando cada vez más en potenciar el asesoramiento jurídico que prestan los bufetes de abogados tanto a empresas públicas como privadas.
Aunque 2022 fue un año de paralización en las prácticas de
sostenibilidad por la guerra de Ucrania y los efectos económicos del Covid, en
el presente año se ha potenciado la aplicación de estos criterios en la
dirección y gestión de las grandes compañías. Sin embargo, tal y como aseguró
la letrada del Tribunal Constitucional y exdirectora del Instituto de la
Mujer, Carmen Plaza durante la Jornada celebrada en la Escuela
de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense sobre ‘Sostenibilidad y
criterios ESG en la práctica jurídica”, “justo a mitad del camino de la Agenda
2030 estamos muy lejos de alcanzar los criterios de sostenibilidad marcados por
la ONU”. Para la experta, las empresas se encuentran con una “jungla normativa”
ante el reto de la sostenibilidad.
Las compañías deben conciliar sus fines económicos con los
compromisos de sostenibilidad, pero se encuentran con la publicación de
todo tipo de normas y principios que se suceden a una velocidad de vértigo
tanto en la legislación internacional como por parte de la UE –además de una
intrincada normativa nacional–, que intentan abordar las crisis globales sobre
medio ambiente.
Las empresas y los bufetes de abogados deben tener en cuenta la
información no financiera a la hora de tomar decisiones para conseguir un crecimiento
económico sostenible. Esto ha motivado que el 50% de los bufetes de Europa
y EE UU reconozca haber creado un área de prácticas de ESG en los últimos tres
años, según el estudio El abogado del futuro 2022 de La Ley.
Mientras que los criterios sociales y de gobernanza tienen una larga
trayectoria legislativa, “el tema medioambiental ha sido mucho más reciente y
su desarrollo normativo está siendo exponencial”, reconoce Pilar Cuesta
Loño, letrada del Consejo de Estado. La principal dificultad a la que se
enfrentan las compañías al aplicar el derecho ambiental es, por tanto, su complejidad
normativa, pero no es la única. Cuesta admite que este problema “se
complementa con una confusión conceptual y técnica porque las normas
medioambientales son complicadas de cumplir sin detectarse el error hasta que
se ha cometido”, lo que finalmente implica sanciones.
Por su parte, en cuanto a la normativa laboral vinculada al
cumplimiento de los criterios ESG, la situación aún es más complicada que
en la legislación medioambiental. Paz de la Iglesia, socia responsable de
laboral y corresponsable de ESG en DLA Piper España, afirma que “estamos
abrumados con tanta normativa laboral, abundantísima desde 2019, sobre todo en
lo que afecta a empresas de más de 50 trabajadores”. Esta situación se debe a
que muchas disposiciones que se aplican a la regulación de derechos sociales
tienen una trascendencia en lo laboral, como las que protegen a los colectivos
LGTBI, las que regulan la paridad o la conciliación por maternidad.
Otro problema es la inseguridad jurídica por la constante modificación
normativa y los continuos cambios. Este inconveniente se acentúa en España,
donde a la complejidad legislativa se añaden las competencias sobre urbanismo y
medio ambiente asignadas a las comunidades autónomas.
La nueva directiva europea sobre informes de sostenibilidad corporativa
obliga a las empresas, tanto grandes como pequeñas, a informar sobre
sus actividades de impacto ambiental y social. Ante la intención de
Bruselas de cambiar el modelo de gobernabilidad de las empresas, se
destaca el valor que en un futuro tendrá el informe de sostenibilidad, que
formará parte de las cuentas anuales.
Así, en 2025 deberán reportar en España mediante este informe las compañías cotizadas, las del mercado financiero y las grandes empresas. Posteriormente, en 2026, las firmas de más de 250 trabajadores aportarán esta información reportando sobre 12 estándares y unos criterios de gobernanza y medioambientales.
FUENTE: Cinco Días
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