Las sociedades limitadas se inscribirán por el registrador mercantil en seis horas.
Desde noviembre, los ciudadanos y, sobre todo, las empresas tendrán la opción de realizar telemáticamente numerosos actos jurídicos y contratos ante el notario que elijan sin necesidad de desplazarse.
La aprobación en mayo de una ley de transposición de directivas de la
UE, que incluye la digitalización de actuaciones notariales, permitirá que tras
su entrada en vigor (el nueve de noviembre) estos fedatarios
públicos puedan llegar a autorizar y firmar por vía online más de
3.200.000 documentos al año, aseguran desde el Consejo General del Notariado (CGN).
Por primera vez en la historia, los fedatarios podrán autorizar actos
jurídicos telemáticamente y se permitirá la circulación electrónica de
documentos públicos tanto en el ámbito europeo como en el iberoamericano.
La autorización y firma de estos documentos se llevará a cabo en la sede electrónica notarial mediante el uso de videoconferencia y firma electrónica cualificada. De esta forma, para realizar ciertos trámites ya no será necesario acudir a una de las casi 3.000 notarías repartidas por todo el territorio.
Tráfico mercantil
La reforma normativa impulsará el otorgamiento telemático de casi
todas las escrituras de contenido mercantil y de las pólizas o contratos
comerciales y financieros que expiden ciertas entidades en el tráfico habitual
con sus clientes.
En cuanto a la autorización de actos jurídicos por vía íntegramente online, María Teresa Barea, portavoz del Notariado, estima que la aplicación de la norma “será plena entre finales de este año y principios del siguiente”. No obstante, desde noviembre, la videoconferencia será muy habitual en la firma telemática ante notario para contratos de crédito o préstamos que los bancos conceden a sus clientes, leasing y financiación de vehículos, avales, descuento, etcétera.
Sociedades
Entre los nuevos actos y negocios jurídicos a tramitar online cabe destacar la constitución de sociedades, el nombramiento de cargos, ceses, apoderamientos mercantiles, ampliaciones y reducciones de capital, modificaciones de estatutos, cambios de domicilio y liquidaciones.
De esta forma se permitirá la constitución de una sociedad íntegramente
online, sin necesidad de la comparecencia física de los interesados gracias a
la videoconferencia.
La nueva normativa también permitirá crear sociedades limitadas ante un
notario de forma telemática de acuerdo con la Directiva 2019/1151 que exige que
un ciudadano de la Unión Europea pueda constituir una empresa en otro país
miembro sin la necesidad de presencia física de los administradores.
En la constitución telemática de sociedades limitadas no estarán permitidas las aportaciones no dinerarias, que se deberán realizar mediante un instrumento de pago electrónico. Además, se habilitarán unas escrituras y estatutos tipo para su constitución que permitirán que el plazo para su calificación e inscripción por el registrador mercantil sea únicamente de seis horas, una de las principales novedades de esta reforma.
Poderes
También podrán tramitarse telemáticamente la legitimación de firmas o
los poderes de representación procesal para la actuación ante las
Administraciones Públicas, así como los electorales y los poderes para actos
concretos. Incluso se podrá hacer testamento en caso de epidemia mientras dure
la obligación de un posible confinamiento. Todos estos actos y documentos
notariales podrán realizarse a través de videoconferencia, pero estos casos
tasados podrán ampliarse reglamentariamente
Hasta ahora los notarios solo podían realizar un número limitado de
trámites online. Desde noviembre, también podrán entregar copias electrónicas
autorizadas de las escrituras y documentos notariales a los ciudadanos y
empresas, lo que supondrá un importante ahorro de papel y desplazamientos.
Todos los servicios digitales que se presten tendrán lugar en sede electrónica y su única “puerta de entrada para ciudadanos y empresas es el Portal Notarial del Ciudadano, cuya titularidad, desarrollo, gestión y administración pertenecen al CGN”, asegura Barea. Se estima que solo en copias electrónicas se podrían superar los 17 millones al año.
FUENTE: Cinco Días
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