Ante el interés suscitado entre las pymes por la disposición que obligará a disponer de un buzón de denuncias, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) explica cuáles son las claves de la nueva ley.
El pasado 13 de marzo entró en vigor la Ley de protección de
los informantes, que ampara a aquellas personas que informen sobre una
infracción penal o administrativa en un negocio. A poco menos de medio año para
que todas las sociedades y autónomos con más de 50 empleados tengan que
disponer de un buzón de denuncias, la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (CNMC) ha lanzado una guía en la que explica cuáles son las
claves sobre la nueva ley.
Según explicó el abogado laboralista de AGM Abogados, Luis San José, el
nuevo buzón servirá para recibir y gestionar las denuncias “sobre
cualquier materia que afecte al ámbito laboral” por parte de
empleados, becarios o incluso autónomos que hayan trabajado con el negocio. En
definitiva, este sistema de denuncias ha sido creado “para proteger al
denunciante y que no existan represalias”.
Así queda recogido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero,
reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones
normativas y de lucha contra la corrupción. Esta normativa, que entró en
vigor el 13 de marzo, dio un periodo transitorio a los negocios para
implantar el canal y habilitar los mecanismos para que funcione como
exige la ley. Aunque la norma está en un principio pensada para grandes
empresas, también afectará a las medianas actividades, es decir, a
todos aquellos negocios que tengan más de 50 empleados.
Desde distintas organizaciones recordaron que esta
obligación afectará a miles de negocios que van a tener que asumir
un nuevo sobrecoste y responsabilidad, no sólo por lo que
inviertan en implantar el propio sistema de información,
sino también por la necesidad de pagar a una tercera persona para
que lo gestione y vigile las denuncias.
Habrá tanto
canales internos como un canal externo controlado
Un punto clave que aclara la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia (CNMC) es el cómo deberán las empresas implementar correctamente
lo dispuesto en la ley de protección de los informantes. Según la CNMC, la
normativa obliga a las empresas con más de 50 trabajadores a contar
con un canal interno de denuncias, “que permita que trabajadores,
proveedores y clientes informen de prácticas ilícitas sin miedo a represalias”.
En palabras de la CNMC, se entiende por represalias, por ejemplo, “el
despedir o no renovar al informante, imponerle una medida disciplinaria,
modificar sus condiciones de trabajo, etcétera”.
Además de las empresas de más de 50 empleados, también están obligados
a disponer de un canal interno de denuncias los partidos políticos, los
sindicatos, las organizaciones empresariales, fundaciones, y administraciones
públicas como la CNMC.
Asimismo, la normativa también trae consigo un canal externo, que estará
controlado por la Autoridad Independiente de Protección del Informante.
“Cuando se trate de infracciones en materia de competencia, la CNMC va a ser la
responsable de gestionar ese canal”, destacó la Comisión.
Habrá
que encargar a un empleado o empresa externa la gestión de las denuncias
En palabras del experto laboralista de AGM abogados, Luis San José, uno
de los motivos más frecuentes para los que estaría diseñado este buzón de
denuncias sería recoger fraudes con Hacienda y Seguridad Social,
como, por ejemplo, que no se tenga a un empleado dado de alta en la Seguridad Social
o que haga horas extras sin remunerar.
También estaría pensado para casos de denuncias por acoso laboral
o sexual en el ámbito del negocio “y hasta por la posible
existencia de un falso autónomo".
Para asegurar que este buzón realmente funciona no bastará con
crear un correo electrónico o canal de voz, sino que habrá que encargar
expresamente a un empleado o empresa externa el control y
gestión de las denuncias.
Según explicó el experto laboralista, "la empresa deberá designar
a una persona que gestione y estudie de forma independiente estas
denuncias. En el caso de las pymes, lo más habitual es que externalicen
esta tarea en el despacho de abogados. En nuestro caso, el área penal
lleva este tipo de buzones de algunas empresas que son clientes".
La ley
protege a cualquier persona que informe sobre una infracción
laboral en la empresa
Otro punto clave que aclara en su guía la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia (CNMC) es sobre el quién está amparado por esta nueva
normativa. “La ley protege a cualquier persona que quiera informar de
una infracción penal o administrativa -grave o muy grave- que ha
conocido en un contexto laboral, tanto en el ámbito público como en el
privado”, explicó la CNMC. Es decir, que no necesariamente puede ser un
trabajador de la empresa que tiene instalado el buzón.
De esta forma, la ley lo que hace es prever medidas de protección para
todas aquellas personas que estén o hayan estado implicadas en el ámbito
laboral de la empresa en cuestión. “Esto incluye a los funcionarios, los
becarios y los abogados que asesoren al informante”, añadió la CNMC.
La idea es
que el informante siempre sea anónimo
Según explicó la CNMC, gracias a esta nueva norma, el denunciante
“podrá informar de una infracción sin ponerse en riesgo”, ya que, con
su aprobación, se ha modificado la Ley de Defensa de la Competencia.
“El objetivo de la reforma es garantizar que el informante de una
práctica anticompetitiva pueda ponerse en contacto con nosotros con
total protección, y que sea la Dirección de Competencia de la CNMC
quien gestione ese canal externo, en lugar de la Autoridad Independiente”,
destacó la CNMC en su guía. Todas las comunicaciones, añadió, se guardarán
en una base de datos segura, a la que sólo accederá el personal autorizado”.
En este contexto, desde la CNMC recordaron que se toman “muy en serio”
la protección de los informantes. Motivo por el cual, en caso de querer
informar sobre alguna conducta ilícita, es posible también llamar –incluso
desde un número oculto- o escribir a través del Sistema de Informantes
de Competencia Anónimos (SICA), una herramienta gratuita estrenada en 2021
que permite a los ciudadanos tener conversaciones de forma anónima con la CNMC.
Las empresas
de menos de 249 empleados tienen más margen para implementar el buzón
El pasado 13 de marzo arrancó una cuenta atrás de tres meses
para las empresas, administraciones, organismos y demás entidades obligadas
a poner en marcha el canal de denuncias interno. No obstante, aclaró la CNMC,
las empresas de entre 50 y 249 empleados, así como los municipios de menos de
10.000 habitantes, tendrán hasta el 1 de diciembre de 2023 para
hacerlo.
Según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC),
existe un sistema de sanciones en caso de incumplimiento. Por ejemplo, explicó,
“se castigará con multas de hasta un millón de euros a las
empresas que no dispongan de un canal de denuncias interno o que adopten
represalias contra los informantes”.
Asimismo, las empresas que castiguen a los denunciantes “tampoco podrán recibir subvenciones u otros beneficios fiscales durante un máximo de cuatro años, ni contratar con el sector público durante un máximo de tres años”, explicó en su guía la CNMC.
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