Las pymes y autónomos podrán aplazar sus deudas tributarias, sin embargo no podrán retrasar sus pagos ordinarios de impuestos a presentar, IVA trimestral, IRPF, etc.. por lo que estarán obligados a hacer frente a sus cuotas y tributos el próximo mes de abril. El Ministerio de Hacienda ha aprobado un aplazamiento de deudas tributarias inferiores a 30.000 euros para pymes y autónomos en determinados conceptos. El aplazamiento de deudas será de seis meses y durante los tres primeros no se devengarán intereses.
La propuesta enviada por los autónomos a María Jesús Montero, ministra de Hacienda, pasa por que se aplace a julio las obligaciones tributarias para evitar que estos trabajadores tengan que acudir a las asesorías en la situación de alarma durante abril. Propuesta que tampoco sido respondida.
Otras de las peticiones de pymes y autónomos son suspender el pago de cotizaciones a los autónomos, acelerar las devoluciones tributarias pendientes, no obligar a presentar las declaraciones fiscales mensuales y trimestrales, y que las administraciones abonen ya sus facturas pendientes sin agotar los treinta días que prevé la Ley de Morosidad.
Desde AEDAF (Asociación de Asesores Fiscales) remitieron al Gobierno una batería de propuestas fiscales, ya que consideran que las adoptadas son «manifiestamente insuficientes». Entre las que está el tan reclamado, desde tantos colectivos, aplazamiento de las deudas tributarias autoliquidadas hasta el mes de junio, en impuestos como Sociedades, IVA o las retenciones por IRPF, como se ha previsto en países de nuestro entorno.
En el caso de las grandes empresas solicitan que el pago fraccionado en el Impuesto de Sociedades se haga en base a la base imponible o el resultado contable, aplicándose el menor de los dos para así otorgar liquidez a estas compañías, que posteriormente deberán liquidar el resultado final con Hacienda en la declaración del Impuesto de Sociedades a julio del año que viene. Así mismo los asesores fiscales consideran importante retrasar a junio la entrega, que vence este mes, del modelo 720 (declaraciones informativas como la de bienes en el extranjero).
Por su parte, Antoni Cañete, presidente PMcM (Plataforma Multisectorial contra la Morosidad), que agrupa entorno a un millón de pequeñas y medianas empresas, propone al Estado que pague las facturas del mes en curso y las que tienen pendientes las administraciones de meses anteriores. Eso «supondría una inyección de liquidez en la economía de 14.000 millones de euros» sin coste ni riesgo.
De forma conjunta, las principales asociaciones y colegios profesionales de gestores tributarios han emitido un duro comunicado conjunto reivindicando una moratoria en el pago de impuestos al Gobierno, dadas las duras circunstancias de una gran mayoría de las empresas y autónomos, "la petición, que no es un capricho, sino una cuestión de sentido común, dada la imposibilidad, de recoger y tratar la documentación, y no exponernos, nosotros y nuestros trabajadores, a un posible contagio, ya que en la mayoría de casos la documentación para realizar las correspondientes autoliquidaciones la aportan físicamente los propios empresarios que, o bien es el personal de la propia asesoría el que va a recoger los documentos, con el consiguiente riesgo, por todos conocidos", aseguran en el comunicado firmado por AEDAF (Asociación Española de Asesores Fiscales), AECE - (Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España), Consejo General Abogacía Española, Consejo General de Agentes de Aduanas, Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, Consejo General de Economistas del REAF, FETTAF (Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales) y GESAF (Gabinete de Gestores Administrativos Asesores Fiscales).
Continua la misiva preguntándose que, "si consideramos que hasta el día 12 de abril estamos en situación de alarma con las restricciones que ello conlleva, ¿cómo quieren que las empresas, autónomos y profesionales puedan pagar sus impuestos y cumplir con sus obligaciones tributarias?".
FUENTE: ADADE CENTRAL
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