Planes de movilidad sostenible para las empresas de más de 500 trabajadores
22 de febrero de 2024
Planes de movilidad sostenible para las empresas de más de 500 trabajadores
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha incorporado la negociación ecológica en el borrador de la Ley de Movilidad Ecológica.
Esta futura normativa, que modificará el artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores, exigirá que las empresas con una plantilla superior a 500 trabajadores elaboren planes de movilidad sostenible en acuerdo con los representantes legales de los empleados.
El Gobierno ha dado luz verde al anteproyecto de la Ley de Movilidad Sostenible, que será presentado para su proceso de urgencia y posterior aprobación en 2024, en línea con los compromisos asumidos con la Unión Europea dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Esta normativa incluirá la movilidad sostenible en el ámbito laboral dentro de la negociación colectiva. Con el título “Movilidad sostenible en el trabajo”, la ley propuesta obligará a todas las empresas, incluyendo las del sector público, a desarrollar planes de movilidad sostenible para sus centros de trabajo con más de 500 empleados o 250 por turno, en un plazo de 24 meses tras la entrada en vigor de la ley.
Los planes de movilidad sostenible deberán ser consensuados con los representantes legales de los empleados o, en su defecto, con un comité formado por los sindicatos más significativos del sector.
Deberán incluir acciones específicas de movilidad sostenible, como la promoción de la movilidad activa, el uso del transporte público, opciones de movilidad de cero emisiones, alternativas de movilidad compartida y colaborativa, o la implementación del teletrabajo cuando sea viable.
Estas estrategias necesitarán una evaluación y seguimiento continuo para garantizar la implementación efectiva de las acciones y medidas propuestas, incluyendo también aspectos de seguridad y prevención de accidentes en los trayectos al lugar de trabajo.
Para facilitar la negociación de estas estrategias, se revisará el artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores para incluir la obligación de negociar acciones que fomenten la creación de planes de movilidad sostenible laboral.
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