Publicado en el BOE el reglamento sobre el acceso y ejercicio simultáneo de la abogacía y la procura
14 de febrero de 2023
Publicado en el BOE el reglamento sobre el acceso y ejercicio simultáneo de la abogacía y la procura
Se ha
publicado en el BOE el Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a
las profesiones de la Abogacía y la Procura. El Real Decreto-ley entró en vigor
el pasado 10 de febrero de 2023
Esta Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero, se adapta a lo establecido
en la Ley 15/2021, de 23 de octubre, que estableció el acceso único a
los ejercicios de la abogacía y la procura, y disponiendo que ambas
profesiones deben tener el mismo título universitario oficial (licenciatura o
grado en Derecho), y el mismo curso de formación especializada de capacitación.
De este modo, quienes superen la prueba única para la evaluación de
la competencia profesional, podrán dedicarse a una u otra profesión,
con el único requisito de colegiarse en el correspondiente colegio profesional.
La única restricción es la prohibición de ejercer ambas profesiones al mismo
tiempo.
Conforme la primera disposición, los abogados que ya estén
incorporados a un colegio, o que estén en proceso de incorporarse, podrán
ejercer como procuradores, según los términos establecidos en el art. 1 de
la Ley 34/2006, de 30 de octubre.
Por lo que hace a los procuradores, aquellos que dispongan del título
de procurador, tengan una Licenciatura o Grado de Derecho, y estén
incorporados en un colegio de procuradores o en condiciones de estarlo, podrán
ejercer profesionalmente como abogados, siempre que cumplan dentro de los
dos años académicos siguientes a la entrada en vigor de este Real Decreto las
siguientes condiciones:
Haber superado un curso de capacitación profesional
Superar la prueba de evaluación de aptitud profesional
Sobre la
prueba de acreditación de la capacitación profesional
La prueba será única e igual en toda la comunidad española, y
tendrá por objeto comprobar la formación práctica suficiente en el ejercicio
profesional de la abogacía y de la procura. Además, en se centrará
particularmente en la comprobación de la adquisición de las competencias que
los cursos de formación especializada deben garantizar.
La prueba incluirá una parte escrita objetiva de contenido
teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples, y se podrá
realizar tanto de forma telemática como presencialmente, en
función de las instrucciones del Ministerio de Justicia.
Finalmente, aunque se haya aprobado este Real Decreto-ley y se haya
publicado su disposición en el BOE, se entiende que la nueva prueba de
avaluación y los cursos de formación especializada empezarán a estar
operativos para el curso 2023-2024.
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