Reducción de los plazos para comunicar la baja de los trabajadores
12 de noviembre de 2015
Reducción de los plazos para comunicar la baja de los trabajadores
Sistema RED
Desde el pasado 26 de julio, los plazos para comunicar a la
Seguridad Social las bajas y las variaciones (una variación de jornada del
trabajador, una transformación de contrato temporal a indefinido...) se han
modificado. ¡Atención! A partir de ahora deberá comunicar las bajas y
variaciones dentro de los tres días naturales siguientes (hasta ahora disponía
de seis días naturales).
Variación
Si comunica una variación fuera de plazo, los efectos se
tendrán en cuenta a partir de la fecha de la comunicación. ¡Atención! No
obstante, si dicha variación afecta a la cotización, sus efectos sí que se
retrotraerán al día en que ésta hubiera tenido lugar:
Así, si comunica fuera de plazo un cambio de jornada y ello
hace que su empresa haya cotizado de más, podrá solicitar la devolución de
ingresos indebidos y de los intereses correspondientes.
Y al revés, si dicha comunicación fuera de plazo ha supuesto
que haya cotizado de menos, deberá abonar las cantidades correspondientes, más
un recargo del 20%.
Baja
Si lo que comunica fuera de plazo es una baja, póngase en
contacto con su administración para subsanar el error (envíe un escrito
adjuntando el finiquito firmado por el empleado y la carta de dimisión, por
ejemplo). Apunte. Algunas Tesorerías son flexibles, y si usted comunica que se
le pasó el plazo por error involuntario, aceptarán su escrito y considerarán
como fecha de baja la real.
Si no hace nada
Si no informa del error cometido en la comunicación de la
baja, la TGSS tendrá en cuenta la fecha de dicha comunicación:
Si es usted quien liquida las cotizaciones y cotiza según la
fecha de baja real, la TGSS le reclamará los días adicionales de cotización
hasta la fecha de comunicación.
Si su empresa ya está incluida en el sistema de liquidación
directa, la liquidación abonada incluirá la cotización hasta la fecha de
comunicación. Por tanto, para regularizar la situación deberá subsanar la fecha
de la baja y solicitar devolución de ingresos indebidos.
Si da de baja a un trabajador o se produce una variación de
datos en un contrato, comunique la gestión a la Seguridad Social en un plazo de
tres días naturales.
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