¿Qué es SEPA? La zona única de pagos en euros (SEPA por su acrónimo en inglés) es el área en el que ciudadanos, empresas y otros agentes económicos pueden efectuar y recibir pagos en euros en Europa, dentro y fuera de las fronteras nacionales, en las mismas condiciones y con los mismos derechos y obligaciones, independientemente del lugar en que se encuentren.
Este acrónimo, formado a partir de las iniciales de las palabras Single European Payments Area, hace referencia a la Zona Única de Pagos en Euros.
La ventaja que ofrece este sistema es que SEPA permite que los pagos en euros entre cualquier cuenta ubicada en la zona de aplicación, se realicen de forma tan sencilla como se viene realizando actualmente un pago nacional, lo que facilita el acceso a los nuevos mercados. Los clientes bancarios pueden, con una única cuenta, una única tarjeta y unos instrumentos de pago con idénticas características, realizar pagos en cualquiera de los 33 países de la zona SEPA.
Atención. El ámbito geográfico de la SEPA comprende, además de los 28 estados miembros de la Unión Europea (UE), Islandia, Lietchestein, Noruega, Suiza y Mónaco.
¿Qué cambios implicará SEPA a partir de febrero de 2016? Sólo queda vigente un hito de los marcados por la SEPA.En la Orden ECC/243/2014, de 20 de febrero, se recogían las siguientes exenciones, de aplicación hasta el 1 de febrero de 2016, sobre determinados requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros:
- Los anticipos de crédito que se recogen en el cuaderno 58 de créditos comunicados mediante fichero informático para su anticipo y gestión de cobro.
- Los recibos incluidos en cuaderno 32 de remesas de efectos en fichero informático de clientes a entidades financieras. Quedan expresamente fuera del ámbito de aplicación de la exención las letras de cambio y pagarés también incluidos en el citado cuaderno 32.
A partir de febrero de 2016, todos los emisores deberán enviar sus ficheros en formato XML. Cuaderno 58 y Cuaderno 32 dejan de ser operativos.
Atención. Es importante que los sistemas informáticos se encuentren ya adaptados a SEPA, ya que en el caso de que existan operaciones no adaptadas a SEPA, se pueden imponer multas de 150€.
¿Cómo afecta este nuevo sistema a las empresas?
- No podrán utilizar más los anticipos de crédito (cuaderno 58) ni los recibos (cuaderno 32). Como alternativa, dispondrán de otros productos de financiación.
Atención. Es importante avanzarse a esa fecha y consultar con su consultar con la entidad bancaria las adaptaciones necesarias.
- Deberán reemplazar los formatos planos de ficheros por el formato XML cuando intercambien operaciones con su entidad bancaria
Atención. Consulte a su proveedor de software y/o entidad financiera sobre las herramientas informáticas a su disposición.
- No tendrán que comunicar el BIC en sus operaciones de pago con otros países de la SEPA.
¿Cómo afecta este nuevo sistema a los consumidores?
- Deberán comunicar siempre el IBAN en sus operaciones de cobros y pagos, en lugar del CCC.
- Dejarán de tener a su disposición herramientas de conversión de CCC a IBAN en sus entidades bancarias.
Atención. El IBAN puede encontrarse en los extractos, en los talonarios y a través de la banca electrónica.
- No tendrán que comunicar el BIC en sus operaciones de pago con otros países de la SEPA.
El día 1 de febrero de 2016 supone el fin de las exenciones previstas por la normativa SEPA. Los llamados productos nicho (Los recibos y los anticipos de crédito) desaparecen y, a partir de esa fecha, el formato XML ISO20022 será el único formato válido para la emisión de cobros y pagos SEPA.
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