Suplemento de crédito al SEPE por cese de actividad que perciben los autónomos
17 de noviembre de 2022
Suplemento de crédito al SEPE por cese de actividad que perciben los autónomos
El Consejo de Ministros ha acordado la autorización para aumentar un crédito
en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que permitirá
financiar el incremento en el gasto de las cuotas de beneficiarios y las
prestaciones económicas por cese de actividad que perciben los trabajadores
autónomos, tal y como marcan las medidas adoptadas para hacer frente a la
pandemia de la COVID-19. El importe de dicho suplemento de crédito es de
2.754.756,96 euros.
El sistema de protección del cese de actividad se regula en el Real
Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS). Durante el estado
de alarma se aprobaron determinadas medidas extraordinarias para tratar de
paliar la situación de cese de actividad de trabajadores autónomos que
ampliaron su protección por medidas recogidas en diversos Reales Decretos
Leyes.
En el período enero a agosto de 2022, existe un gasto acumulado
imputado de 3.369.970,41 euros para las prestaciones por cese de actividad, y
de 396.209,30 euros para el pago de cuotas, subvenciones y bonificaciones.
Asimismo, el Centro Gestor ha estimado que con a las prestaciones queda
pendiente de atender un importe de 728.502,03 euros y con cargo a las cuotas
otras de 260.075,22 euros.
Esto alcanza un global en sendas partidas de 4.098.472,44 euros y de
656.284,52 euros, respectivamente. La diferencia con el crédito inicial (que es
de 1.500.000 euros y 500.000 euros) arroja unas insuficiencias de 2.598.472,44
y 156.284,52 euros, respectivamente.
Por tanto, la suma total de las necesidades expuestas asciende a
2.754.756,96 euros, que pretenden financiarse mediante el presente suplemento
de crédito, con el Remanente de tesorería afectado del organismo, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 344 del TRLGSS. En consecuencia, y con la
finalidad indicada, se propone la modificación de crédito solicitada.
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